Recomiendan que las empresas mexicanas preparen la Declaración Informativa Múltiple

Recomiendan que las empresas mexicanas preparen la Declaración Informativa Múltiple
La DIM es un programa electrónico creado con la finalidad de hacer las respectivas declaraciones de la manera más sencilla posible.

Este documento informa a la autoridad de todo lo que tiene que ver con la nómina, es decir con entradas y salidas de empleados en la empresa durante el año anterior.

A más tardar el 15 de febrero, las empresas mexicanas deberán presentar la Declaración Informativa Múltiple (DIM), por ello Microsip recomienda a las organizaciones hacer una buena revisión de la contabilidad del negocio con el fin de evitar multas innecesarias por no entregarla en tiempo y forma.

La DIM es una declaración anual que solicita el Sistema de Administración Tributaria (SAT). De acuerdo con Acceso i,, se trata de una declaración que muchas empresas dejan pasar. Este documento informa a la autoridad de todo lo que tiene que ver con la nómina, es decir con entradas y salidas de empleados en la empresa durante el año anterior.

Microsip recomienda tomar el control de esta declaración para que la empresa siga siendo más productiva. Estos son los puntos que debe cubrir la DIM:

  1. Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo.
  2. Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS.
  3. Información de contribuyentes que otorguen donativos.
  4. Información sobre residentes en el extranjero.
  5. Los regímenes fiscales preferentes.
  6. Empresas integradoras.
  7. Régimen de pequeños contribuyentes.
  8. Información sobre el impuesto al valor agregado.
  9. Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
  10. Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.

La DIM es un programa electrónico creado con la finalidad de hacer las respectivas declaraciones de la manera más sencilla posible, sin embargo, estas deben cumplir con ciertas características muy bien definidas, Ekomercio describió cuáles son: si se trata de capturas con más de 40 registros, se deberá presentar la información a través de medios magnéticos (USB o CD) ante cualquier administración local de servicios al contribuyente. En caso de que los registros no superen dicha cantidad, se podrá enviar por internet.

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